Facturación electrónica DGII: cómo ser emisor electrónico en República Dominicana
Requisitos, etapas y obligaciones para emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) ante la DGII, y cuándo conviene usar el Facturador Gratuito.
Por ASC — Alonso & Santana Consulting Group

Qué es un emisor electrónico
Un emisor electrónico es el contribuyente autorizado por Impuestos Internos (DGII) para emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos, conocidos como e-CF. En lugar de imprimir facturas con secuencias tradicionales, la empresa genera, firma digitalmente y envía sus comprobantes a través de un sistema validado por la DGII.
Para muchas empresas, el reto no es entender el concepto, sino ordenar todo lo que hace falta antes de empezar: accesos, certificado digital, software y pruebas. Si alguno de esos puntos falla, el proceso se detiene.
Requisitos para solicitar la autorización
La guía básica de la DGII para emisores electrónicos establece los siguientes requisitos. Antes de iniciar, comprueba que tu empresa cumple con cada uno.
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
- Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
- Tener clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV).
- Completar el formulario FI-GDF-016 de Solicitud para ser Emisor Electrónico.
- Contar con un Certificado Digital para Procesos Tributarios, emitido por una prestadora autorizada por el INDOTEL, a nombre de quien representará al contribuyente.
- Aprobar el proceso de certificación técnica de la DGII.
- Cumplir con la Norma General núm. 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales.
Las etapas del proceso
1. Solicitud. Se completa y envía el formulario. La DGII valida los requisitos y responde por el buzón de la OFV con el enlace al portal de Facturación Electrónica, un usuario y una clave.
2. Sets de pruebas. El solicitante realiza pruebas de datos, de simulación y de comunicación para demostrar que su software puede emitir y recibir e-CF, acuses de recibo y aprobaciones comerciales, y generar la Representación Impresa (RI) conforme a la normativa.
3. Declaración jurada. Al completar las pruebas, se firma una declaración electrónica, con responsabilidad legal, de que las pruebas se hicieron de forma íntegra.
4. Certificación. La DGII autoriza al contribuyente como emisor electrónico y habilita el menú de Facturación Electrónica en la OFV para solicitar los números de comprobante (e-NCF) y comenzar a emitir.
Obligaciones una vez autorizado
Ser emisor electrónico implica responsabilidades permanentes. No basta con haber pasado la certificación: la operación diaria debe cumplir con estas reglas.
- Firmar digitalmente cada e-CF con un certificado digital vigente.
- Entregar la Representación Impresa al cliente que no es receptor electrónico.
- Recibir los e-CF válidos que emitan tus proveedores.
- Mostrar a la DGII la información digital o física que solicite.
- Conservar los e-CF según lo dispuesto en el Código Tributario.
Qué hacer si se cae el sistema
La DGII contempla situaciones de contingencia. Si falta conectividad, los e-CF se generan fuera de línea y deben enviarse en un plazo no mayor de 72 horas.
Si no es posible emitir e-CF, se usan secuencias autorizadas de comprobantes no electrónicos y se envían, en un plazo no mayor de 30 días calendario, los e-CF que los reemplazan. Esta contingencia no puede superar 15 días calendario. Cuando los servicios de la DGII no estén disponibles, se almacenan los e-CF y se envían al restablecerse la comunicación.
El Facturador Gratuito: una opción para negocios pequeños
La DGII ofrece un Facturador Gratuito para emitir facturas, notas de crédito y notas de débito electrónicas sin pagar un software comercial. Está pensado para contribuyentes que emiten como máximo 150 facturas al mes.
Para usarlo se requiere, entre otros puntos, estar al día con las obligaciones tributarias, tener autorización para emitir NCF, disponer de un dispositivo de seguridad de la OFV y de certificado digital, no haber sido autorizado antes con otro sistema de e-CF y completar el formulario FI-GDF-018.
Cómo te acompaña ASC
En ASC revisamos si tu empresa cumple los requisitos, te orientamos para elegir entre el Facturador Gratuito o un sistema propio, y acompañamos la solicitud y la organización contable para que tus facturas, reportes y registros coincidan. Si estás en Bávaro – Punta Cana o en cualquier parte del país, escríbenos y revisamos tu caso.
Preguntas frecuentes
¿Necesito comprar un software para facturar electrónicamente?
No siempre. Si emites hasta 150 facturas al mes y cumples los requisitos, puedes evaluar el Facturador Gratuito de la DGII. Si tu volumen es mayor o necesitas integrar inventario o ventas, conviene un sistema certificado.
¿Qué es el certificado digital y dónde se obtiene?
Es la firma electrónica de la persona que representa al contribuyente. Se obtiene con una prestadora de servicios autorizada por el INDOTEL y debe mantenerse vigente.
¿La facturación electrónica sustituye mis reportes a la DGII?
Cambia la forma de emitir comprobantes, pero no elimina la necesidad de revisar tus declaraciones y obligaciones. Confírmalo con tu asesor según tu régimen.
Fuentes y consulta oficial
Contenido informativo general. Los requisitos y obligaciones dependen de tu actividad y régimen; consulta las disposiciones vigentes y solicita asesoría para tu caso.
